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La Ley Orgánica 5/2005, de la Defensa Nacional en la disposición final tercera establece que "El Gobierno, en el plazo de tres meses, deberá remitir al Congreso de los Diputados un proyecto de ley reguladora de los derechos fundamentales de los militares profesionales, que incluirá la creación del Observatorio de la Vida Militar". Igualmente la Ley 39/2007, de la carrera militar en su exposición de motivos, también señala que "La actualización del régimen del personal militar se completará por medio de una ley orgánica de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.En ella se incluirá, según las previsiones de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, la creación del Observatorio de la Vida Militar."

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